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lunes, 7 de marzo de 2016

Qué le pido YO a una EDITORIAL para firmar EL contrato.

¡Hola Guardianes!

Desde que inicié mi andadura en el intento por publicar mi Saga, y a medida que fui estableciendo contacto con diferentes editoriales, me propuse a mí misma que algún hablaría de qué le pido yo a una editorial para firmar un contrato. Porque sí, queridos lectores, un autor puede rechazar a una editorial. Yo lo he hecho, y no me he arrepentido de ello en ningún momento.

Por supuesto que cualquier escritor quiere ver su trabajo publicado (y si es en papel, mejor. Llamadme nostálgica), pero al menos yo, no publico con cualquier condición. Si voy a poner en juego mi trabajo, que lo mío me ha costado terminarlo, quiero hacerlo en unas condiciones en las que tanto editorial como escritor salgamos beneficiados. Sí, Guardianes, el autor se tiene que ver beneficiado de la publicación (y no, tener nuestra novela en las manos no es suficiente).

Las editoriales tienen la idea (y en la mayoría de los casos aciertan) de que los autores estamos tan obsesionados con ver a nuestra “pequeña” en las librerías, que aceptamos lo que nos pidan. Esto, combinado con el poco esfuerzo que invierten algunas editoriales en el trabajo de sus autores, es el resultado de las bazofias y malos trabajos que encontramos publicados por ahí y que, claramente, han sido publicados por el mero hecho de publicar algo (y de ganar dinero).

Los que me habéis seguido en esta andadura, sabréis que no dije que sí a la primera oferta que me pusieron sobre la mesa, ya fuera un contrato de co-edición o de edición. Es más, aún no le he dicho que sí a ninguna. Y que, incluso, he rechazado en dos ocasiones a la misma editorial. Lo siento si no me vendo con tanta facilidad. Parto de la base de que no soy ningún Premio Nobel de Literatura ni una erudita en el arte de la escritura (que quede claro), pero sí creo que tengo mis derechos como autora, y pienso seguir peleando por ellos. Así que, ¿qué le pido yo a una editorial?

Lo primero, que sea un contrato de EDICIÓN. Uno de esos en los que el autor no tenga que pagar por ver su novela publicada, que suficiente esfuerzo es escribirla, ¿no? Personalmente, huyo de cualquier editorial que me exija pagar X dinero por adelantado, así como vender X ejemplares el día de la presentación (si la hay) o en un tiempo determinado, sin ver ni un solo € de esas ventas.

Y lo segundo, que se basen en lo que establece la Ley de Propiedad Intelectual (que podéis ver y descargar aquí). Es decir, que tengan las cláusulas correspondientes para cubrir todos los aspectos de la edición de la novela.  En resumen:

 Cesión de los derechos de reproducción y distribución: Tanto la reproducción como la distribución de la obra se realizarán conforme a lo pactado en el contrato, en los plazos en él estipulados (art.64.2 LPI), con satisfacción de las remuneraciones acordadas (art.64.5 LPI), y con las limitaciones impuestas en el contrato y en la LPI. Sin olvidar, por supuesto, que todo esto será siempre controlable por el autor, así como la forma en que efectúe dicha reproducción (art.64.3 LPI).
o Derechos que se ceden: Reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la obra (traducción, adaptación, obra derivada…) son derechos independientes entre sí, así como los diferentes formatos en los que se reproduzca la obra.
o   Duración del contrato: Las grandes editoriales suelen ofrecer unos 5 años de contrato. Personalmente, yo no acepto más de 2 o 3 años, puesto que en ese periodo tanto editorial como autor pueden ver si la obra funciona y si ambas partes cumplen lo pactado. De ese modo, me ahorro tener mi novela “secuestrada” si el editor no cumple con lo suyo.
o   Ámbito lingüístico: Se refiere a los idiomas en que se permite la explotación. OJO, la frase “todas las lenguas y para todo el mundo” es muy común en los contratos y es, todo hay que decirlo, abusivo. Si quieren un idioma diferente a la lengua castellana u otra que no sea oficial en España, ha de haber otro contrato con la editorial del país correspondiente o, si tiene mercado allí, una cláusula distinta.
o   Área territorial: Se refiere a dónde podrán explotarse los derechos cedidos y está siempre ligada al ámbito lingüístico. Puede haber diferentes combinaciones, como en lengua castellana para todo el mundo, solo para España, España y América Latina, etc. Si la editorial no tiene establecido y desarrollado mercado en países fuera de España, cambiar esta cláusula.
o   Modalidades de explotación: Cualquier modalidad de reproducción y distribución no prevista en el contrato de forma expresa, se presumirá reservada por el autor, dentro del principio de interpretación restrictiva de los derechos cedidos. OJO AQUÍ: Por lo tanto, si la obra se reproducirá en un futuro en formato ebook, cómic, cinematográfico, con diferentes tapas, etc… cada formato deberá tener su propio contrato aparte o, en su defecto, sus propias cláusulas de cesión derechos de reproducción y distribución.
o   Remuneración de los derechos cedidos: Es importante separar para cada uno de los derechos cedidos (y formatos de reproducción), la remuneración correspondiente. Si en alguna frase aparece “cualquier modalidad de edición”, cambiarlo.
o   Representación y agencia: A menudo en el contrato se incluye una cláusula en la cual el autor otorga a la editorial el poder de ser su representante y actuar como tal frente a otras editoriales o empresas, tanto nacionales como internacionales. Tiene relación con la remuneración que el autor percibe. Por lo tanto, si aparece, en el contrato debe especificar qué porcentajes corresponde a cada una de las partes.

Cesión de derechos sobre otras obras: Vuestras obras futuras no pueden ser nunca objeto del contrato de edición. Sin embargo, se puede incluir una cláusula en la que se pacte que la editorial será la primera en evaluar las siguientes obras y decidir si quiere publicarla o no.

Obligación de respetar la integridad de la obra: Muchas editoriales tienden a saltarse esta obligación a la hora de publicitar y comercializar la obra literaria. Sin embargo, la obra ha de ser mantenida en el estado en el que fue entregada por el autor, además de que por ley, no pueden introducirse modificaciones que el autor no haya consentido (art.64.1 LPI) ni reproducir la obra en otro formato sin que sea autorizado por el autor. Es decir, que no pueden reproducir la obra en algún formato diferente a lo estipulado en el contrato, así como poner a disposición de cualquiera para su publicidad y comercialización, como la reproducción parcial de la obra (aunque sea un solo capítulo) sin que el autor de su consentimiento.

Obligación de fijar el número máximo y mínimo de ejemplares de cada edición: art.60 LPI. Si se incumple esto, el siguiente artículo lo justifica como motivo de nulidad del contrato (art.61.1 LPI).

Obligación de explotación continuada de la obra: He oído en muchas ocasiones como autores, después de dar saltos de alegría porque han publicado al fin su obra, se decepcionan al comprobar que la editorial no hace nada por publicitarla y venderla. ¡CUIDADO AQUÍ! Si la cesión de derechos es exclusiva, y la editorial no mueve un dedo por comercializarla como es debido, el autor no podrá venderla por su cuenta. El art.48.2 LPI, relativo a que el cesionario ha de poner todos los medios necesarios para la efectividad de la explotación de la obra concedida, a menudo su interpretación no es la misma para autor y editor. Así pues, se supone, que el editor debe poner en venta los ejemplares y mantener el stock suficiente para abastecer a los distribuidores, así como asegurarse de la promoción de la obra.

 Obligación anual de efectuar la liquidación y rendición de cuentas: Si un editor os ofrece la primera liquidación tras la venta completa de la primera tirada o tras X ejemplares, podéis aceptarla, pero saber que el art.64.5 LPI obliga al editor a efectuar la liquidación al autor al menos una vez al año. Personalmente, suelo exigir que con la liquidación, se me pase un informe de ventas. Porque, aunque es muy difícil saber si ese informe es correcto, puedes tener una cifra aproximada por familiares y conocidos que sepas que han comprado la obra. Lo digo porque sé de autores que, sabiendo que habían vendido X+Y ejemplares, la editorial le liquidó X, por lo que las cifras no cuadraban. Es más, es recomendable pedir un anticipo de la primera edición, pues de este modo, la editorial se compromete a distribuirla y publicitarla como corresponde.

Obligación de informar al autor: Cuando antes he dicho que yo exijo un informe de ventas, suelo acogerme al art.64.5 LPI, que recoge que el autor ha recibir un informe con los datos de fabricación, distribución y existencias, cifra de ventas, p.v.p., etc.

Control de la tirada: Aunque la ley no dice nada concreto (al menos que yo haya leído), esto tiene dos funciones: que se garantiza que la obra pueda alcanzar la difusión mínima prevista; y que el editor no reproduzca más ejemplares de los pactados.

Restitución del original de la obra al autor: La ley exige que una vez concluidas las operaciones de impresión y tirada, el editor, habrá de restituir al autor el original de la obra objeto de la edición.

Por último, si finalmente conseguís llegar a un acuerdo en todas las cláusulas con una editorial, os recomiendo que hagáis lo siguiente (que es lo que me recomendó hacer Daniel Estorach), y es darse de alta en el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), ya que si cobramos por nuestros libros vendidos, facturaremos. Además, aseguraros de que la editorial se haga cargo de pagar vuestro IRPF correspondiente, con la siguiente cláusula (o parecida): El AUTOR faculta expresamente al EDITOR para la detracción, declaración e ingreso al Tesoro Público de aquellas cantidades, que por cualquier concepto impositivo, haya de satisfacer el AUTOR derivadas de rendimiento de la propiedad intelectual objeto de este contrato, en todos aquellos impuestos o gravámenes en que el EDITOR tenga, por disposición legal, la condición de sustituto del Autor-Contribuyente.”. Y como siempre que facturemos, tendremos que hacer factura, si hacemos la Declaración de la Renta, poner al final de las facturas algo así como “Retención IRPF en clave F (rendimientos del trabajo), a ingresar en Hacienda por (nombre de la empresa/editorial).”

Hasta aquí la entrada de hoy, y esta parte más que muchos estabais esperando. Quiero agradecer a Eurotax Abogados S.L., la Asociación Colegial de Escritores de Cataluña (ACEC), Daniel Estorach, Yolanda Díaz de Tuesta y al grupo de Fb “Cómo triunfar en la literatura sin morir en el intento” toda la ayuda prestada a lo largo de estos años, sin los cuales no hubiera podido redactar esto.

Os dejo todo este texto completo en pdf subido en Scrib (aquí el enlace), por si queréis descargarlo y tenerlo en vuestros ordenadores. Espero que os sirva de ayuda y, si tenéis alguna duda, intentaré ayudaros en lo que pueda. Gracias por seguir aquí.



¡Hasta la próxima!

6 comentarios :

  1. ¡Muchas gracias por toda la información!
    Tengo claro que si algún día publico, me informaré bien de todo antes de firmar nada, y esto me ayudara.
    Besos

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    1. ¡Hola! Espero que algún día llegues a publicar, y que te encuentres con un contrato en condiciones. Me alegro de que esto te vaya a ayudar, porque creé esta sección precisamente para eso. Gracias por pasarte. Besos.

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  2. Muchas gracias reina, esto de la publicación de una obra lo veo cada vez más complicado (aunque sigo ilusionada con mis proyectos) y se agradece que compartas todo este material. Por lo que....¿te parece bien que escriba sobre tu blog en el mío en la sección "blogs del mundo" y haga mención a todo este trabajo/información que nos has mostrado? Creo que es muy importante que llegue a muchos futuros y/o presentes escritores.
    Yo no tengo ni idea de todas estas cosas y aunque estoy en la mitad del trabajo de la novela, antes de que se burlen, aprovechen o tratan mal mi obra (que como bien dices, nos lleva mucho tiempo y esfuerzo) prefiero dejarla guardaica en casa.
    De nuevo gracias reina y besos

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  3. ¡Hola! Lo primero de todo, nunca pierdas la ilusión en tu proyecto. Retenlo en casa el tiempo que sea necesario hasta que estés segura y bien informada de todas las posibilidades que puedes encontrarte cuando vayas a publicarla. Me alegro que mis experiencias sirvan de ayuda a otros y, ni que decir tiene, que por supuesto puedes escribir sobre el blog y la sección. Estaré pendiente de cuando la publiques, pero avísame de todas formas, que últimamente ando poco por bloguer.
    Muchísimas gracias por tu visita. Besos.

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  4. ¡Hola! Soy nueva en tu blog y me he estado leyendo tu paso por el mundo editorial ¡Es decepcionante el trato de algunas! Una falta de profesionalismo completo por lo que he leído, aunque algunas parecen salvarse y ser más atentos. Me ha gustado todo lo que he leído. La verdad, yo ando igual con mis niños, esperando el momento de hacerlos salir a luz, me encantaría verlos publicados pero no así a la ligera. Yo hasta me leo los contratos de los concursos.

    Recuerdo que leí uno de Argentina, que pagaban al ganador 30.000 pesos y con eso, quedaban pagados todos los derechos de autor y así, acababan cediendo la obra a la institución organizadora para que la explotase de la forma que quisiera —películas, sagas, comics, etc.— y el autor quedaba sólo con ese pago y con que una vez, escribió un libro que no iba a volver a ser suyo. Esto me pareció realmente horrible y como pocos se leen el contrato a concursos, imagino que alguien habrá caído en ello y ganado. No lo seguí la verdad, pero es increíble como nunca falta el que intenta pasarte por alto y quiere sacar más provecho del que deben.

    Y la verdad, cada vez me siento más tentada con Amazon, aunque estoy un poco en duda con algunas cosillas del contrato que tienen ellos también, así que no lo termino de hacer del todo —más que nada en el físico, pues, había leído que el contrato de Amazon en físico ellos se hacen la exclusiva de vender la obra, sin posibilidad de publicarlo por una editorial si había oportunidad de hacerlo—. Así que estoy en veremos todavía, quizás, tenga que informarme un poco más sobre ello.

    Espero consigas publicar tu libro ¡Mucho éxito! Y ya estaré rondando el blog más seguido <3

    ¡Cuidate!

    Bye!

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    1. ¡Hola!

      Lo primero de todo, bienvenida a mi pequeño universo. Como he dicho muchas veces, cada editorial es un mundo, aunque lamentablemente cada vez se parecen más entre sí, de una u otra forma. No he tratado nunca el tema de los concursos porque no he participado con mi novela en ninguno que tenga condiciones semejantes a las que explicas. En cualquier caso, es increíble las condiciones que pretenden imponer algunas editoriales, ¡cómo si el trabajo de escribir una novela no costara!

      En cuanto a Amazon, lo he comentado varias veces por aquí. Me lo estoy planteando. He visto resultados buenos, pero también malos, de esos en los que las editoriales plagian literalmente un libro o que, incluso, ofrecen al autor publicar la misma novela con ellos para quitárselo de en medio. Parece surrealista, lo sé, pero ambos son cosas verídicas. Por lo que yo sé, los derechos no se ceden, o al menos completamente, pero hablo un poco desde el desconocimiento. Tengo que investigar en profundidad al respecto.

      Te deseo mucha suerte en esta misma andadura. Gracias por formar parte de los Guardianes.

      Bye!

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